26 de julio de 2021

AOA presenta propuesta alternativa para norma de acondicionamiento térmico del Minvu

El pasado miércoles 21 de julio, el vicepresidente de la Asociación de Oficinas de Arquitectos (AOA), José Ramón Ugarte, presentó la propuesta alternativa elaborada por la organización gremial para la modificación de lo establecido en materia de acondicionamiento térmico de viviendas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Esta iniciativa surgió en noviembre de 2020, luego de que AOA manifestara reparos a la propuesta de decreto original presentada unas semanas antes por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), la que busca reemplazar el artículo 4.1.10 de la mencionada Ordenanza. En ese momento, la asociación gremial advirtió que los cambios en los nuevos estándares de acondicionamiento térmico requerían unas reglas prescriptivas que podrían conllevar efectos negativos en la calidad de los proyectos de arquitectura.

 

Tras conformar un grupo de especialistas y una mesa de trabajo con la Corporación de Desarrollo Tecnológico, AOA solicitó al ministerio que considerara su propuesta como una opción para el cumplimiento de los estándares térmicos, cuyo texto fue abordado en detalle por Ugarte.

 

“Emitimos nuestras observaciones dentro del proceso y tuvimos algunas reuniones con la División Técnica del Minvu para hacerle ver nuestras inquietudes y de qué forma podíamos salvar los problemas que observábamos en la norma y, a la vez, fuera capaz de cumplir con los objetivos detrás de esta actualización normativa”, comentó Ugarte. El arquitecto agregó que la vigente norma tiene más de una década y que dentro de AOA, como en el resto de asociaciones, “éramos muy conscientes de que era necesario actualizarla y ponerla en términos más razonables con las demandas y el conocimiento actual en estas materias no solo en Chile, sino que en el resto del mundo”.

 

En ese sentido, el vicepresidente de AOA comenzó su intervención con una introducción de la naturaleza del futuro decreto. Se trata de una norma de obligado cumplimiento y que funcionará de forma paralela a lo que próximamente se va a reglamentar en materia de calificación energética de viviendas, dentro del marco de la Ley de Calificación Energética aprobada en febrero pasado. Ugarte hizo énfasis en que se trata de reglamentaciones que convivirán, sin reemplazar la una a la otra.

 

“También va a funcionar de manera paralela a lo que se conoce como Certificación de Vivienda Sustentable, al cual se someten voluntariamente muchas edificaciones”, puntualizó.

 

El vicepresidente de AOA continuó su presentación con un análisis comparativo entre el artículo vigente de la Ordenanza, la propuesta en consulta del Minvu y el texto presentado por la Asociación, con el fin de señalar las principales diferencias en los enfoques.

 

Uno de los cambios más relevantes es el de la ampliación del ámbito de aplicación de la norma. La propuesta del ministerio busca pasar de un foco estrictamente orientado a viviendas al involucramiento de todas las edificaciones de uso residencial, salud y educación. “La diferencia entre vivienda y residencial es que en este último término entran los hoteles y todos sus derivados”, explicó.

 

En lo relativo a los componentes de evaluación, la propuesta del ministerio añade -a la lista de complejo de techumbre, muros perimetrales y pisos ventilados- la consideración del complejo de puertas opacas y, en el caso de las ventanas, fija el porcentaje máximo por orientación sin contemplar un método de cálculo ponderado.

 

Propuesta de AOA

 

El modelo propuesto por AOA para la modificación de las disposiciones vigentes por acondicionamiento térmico mantiene los mismos ámbitos de aplicación que establece el ministerio, aunque explicita algunas excepciones en edificaciones que, a ojos de la asociación, deberían quedar fuera de la norma.

 

Estas excepciones se observan para viviendas unifamiliares individuales que no utilizan combustible o electricidad proveniente de la red pública para acondicionamiento térmico; las edificaciones declaradas como monumento histórico o inmuebles de conservación histórica, cualquiera sea su destino, incluyendo sus refacciones y remodelaciones; y las edificaciones o partes de estas que no contemplan recintos con permanencia de personas, como bodegas, estacionamientos, salas de máquinas o instalaciones, jardines interiores, crematorios o salas de basura.

 

Otra novedad de la propuesta de AOA es la separación de lo establecido en la disposición jurídica, dejando los aspectos generales dentro de la Ordenanza y remitiendo el detalle del cumplimiento de los componentes de evaluación en una norma técnica. Ugarte subrayó que esta estructura no altera la obligatoriedad de las disposiciones, pero sí genera una diferencia de procedimiento: la Ordenanza, al ser un decreto supremo que debe contar con la firma del ministro y del Presidente de la República y toma de razón de Contraloría, es un instrumento jurídico más estable y perdurable que una norma técnica, mientras que esta solo necesita de la aprobación del ministerio a cargo y puede ser sujeta de adecuaciones en el tiempo, sin necesidad de requerir la intervención de otras autoridades.

 

“Pensamos que la norma técnica es el ámbito más adecuado para considerar elementos meramente técnicos, por un fin práctico y un adecuado uso de los conceptos”, enfatizó Ugarte.

 

De esta manera, la propuesta de AOA se conforma como una alternativa a lo indicado en el decreto del Minvu, manteniendo los estándares contemplados. Sin embargo, ofrece mayor flexibilidad al establecer el ámbito de acción con la posibilidad de cumplirla a través de la norma técnica o utilizando el Manual de Procedimiento para Calificaciones.

 

Para profundizar en los aspectos técnicos, Ugarte cedió la palabra a Felipe Durán, asesor de AOA y representante de B-Green Chile, quien realizó una exposición de los pormenores respecto a las vías de cumplimiento prescriptivo o por desempeño. La sesión finalizó con una ronda de preguntas.

 

Documentos:

 

1. Minuta Explicativa Proposición AOA Norma Térmica 10.11.2020

 

2. Propuesta Artículo 4.1.10._AOA_31.10.2020

 

3. Propuesta de NTM_AOA_31.10.2020

 

Para conocer los detalles, la presentación de la propuesta está disponible en el canal de YouTube de AOA.

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