Punto de Vista: Por qué la Ley del Mono y un entorno construido sostenible no son compatibles
Por Mauricio Ramírez Molina
Socio fundador de 88 Limitada y Socio AOA
En enero del año en curso se aprobó la extensión, hasta febrero de 2023, de la Ley 20.898 que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción y de edificaciones destinadas a microempresas inofensivas o equipamiento social, más conocida como “Ley del Mono”, la que definitivamente va en contrasentido a todas las metas de sostenibilidad que nos hemos propuesto como país.
Esta ley presupone que cualquier persona, mediante un equipo de maestros, puede autoconstruir viviendas de hasta 90 m2 o de hasta 140 m2, microempresas inofensivas de hasta 200 m2 o equipamientos sociales de hasta 400 m2, para que ex-post un arquitecto o profesional competente se remita únicamente a certificar, ante la Dirección de Obras respectiva, que esta edificación cumple con ciertas normas urbanísticas, de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores (electricidad, agua potable, alcantarillado y gas) que se solicitan en el articulado.
Para que lo anteriormente descrito suceda esta ley también presupone, en la práctica, que el propietario o promotor y su equipo de maestros saben cuáles materiales comprar y cómo organizarlos entre sí y en el lugar para cumplir con conceptos técnicos tales como “resistencia al fuego”, “adosamiento”, “transmitancia térmica” de acuerdo con la “zona térmica” o “PDA” que corresponda, cuál “grado G” (antes H) de hormigón utilizar, el “tipo” y “calidad” del acero que debe usar para enfierraduras de hormigones en albañilerías estructurales o fundaciones y cómo estructurar debidamente entramados de madera o acero galvanizado para “cumplir condiciones de estabilidad”; también sabrían a priori qué es un “coeficiente de ocupación de suelo”, un “distanciamiento” y un “adosamiento” entre otras condiciones urbanísticas que son parte de un sistema de variables que se deben cumplir para validar que lo edificado está acorde con nuestra legislación y que, por tanto, puede obtener una Recepción Definitiva.
Si los conceptos antes descritos claramente no son de dominio ni uso corriente -sino más bien de un segmento de profesionales que laboramos en el área de la edificación- menos lo serán otros nuevos que se aplicarán también a las viviendas y otras edificaciones, que se encuentran en preparación y que están relacionados a dimensiones de la sostenibilidad, tales como economía circular, huella de carbono, energía neta cero y etiquetado energético, entre otras. Así, en un contexto edificatorio cada vez más regulado, sofisticado, complejo e interrelacionado no solo con políticas públicas nacionales, sino también con compromisos internacionales, una “Ley del Mono” como la prorrogada no tiene sentido.
Si como sociedad queremos que nuestro entorno construido sea aún más resiliente ante el cambio climático, más seguro ante eventos catastróficos, que aporte significativamente a la calidad de vida de las personas y al grado de sostenibilidad que como país nos hemos comprometido mediante acuerdos y declaraciones oficiales, tenemos el deber de plantear y poner en marcha soluciones adecuadas y relacionadas a los tiempos que corren. Y desde AOA, estoy seguro, estamos disponibles para contribuir a su diseño, implementación y mejora continua.
*Las opiniones expresadas en la sección punto de vista son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan, necesariamente, el pensamiento de la Asociación de Oficinas de Arquitectos.
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