Urgente necesidad de contar con una Nueva Ley de Patrimonio
Por Yves Besançon Prats
Pastpresident AOA
Al Honorable Senado de la República
La Asociación de Oficinas de Arquitectos AOA, en el ámbito del mes del Patrimonio, manifiesta su profunda convicción de la urgente necesidad de contar en el más breve plazo con una ley de Patrimonio Cultural que modifique y reemplace la estructura legal vigente que data de hace casi un siglo (1925) y cuyas modificaciones posteriores ya tienen más de cincuenta años (1970) y no se condicen con la concepción actual y moderna de protección y conservación de bienes patrimoniales, dejando atrás la dimensión monumental del patrimonio y considerando en ella, el patrimonio tanto material como inmaterial en el mismo nivel de consideración en las declaratorias futuras.
Esta propuesta constituye un avance muy importante respecto al precario marco regulatorio actual del patrimonio en el país. Lo anterior porque fortalece el rol del Estado en la salvaguardia del patrimonio material e inmaterial. Refuerza el rol social de la propiedad y el bien común que representa el patrimonio mediante medidas concretas, como los fondos estatales destinados al patrimonio o la obligatoriedad asignada a los Planes Reguladores Comunales (IPTs), de incorporar la protección del mismo, entre otros mecanismos.
Al mismo tiempo, propone la comprensión del patrimonio como parte del desarrollo sostenible de la sociedad y las distintas comunidades. Es importante considerar que el patrimonio además, no es un asunto del pasado, sino que hoy construimos el patrimonio del futuro, para lo cual esta nueva ley es fundamental para tan importante dimensión de un país.
La participación de la sociedad civil en la elaboración de la indicación sustitutiva y en las herramientas de participación que propone el nuevo cuerpo legal para declaratorias, reconocimiento del patrimonio inmaterial, intervenciones en patrimonio y órganos colegiados, ha sido intensa durante todo el período de trabajo de elaboración y perfeccionamiento de este cuerpo legal.
En cuanto a este punto, consideramos importante señalar que la elaboración de la indicación sustitutiva a la ley de patrimonio, contempló diversas instancias de participación de la sociedad civil, gremios, sociedades científicas y la academia entre otros, a través de mesas de trabajo e instancias abiertas en todas las regiones. Durante el trabajo de estas instancias y mesas, se elaboraron múltiples propuestas que fueron acogidas y permitieron modificar sustantivamente el proyecto de ley original en aspectos tales como la composición de los consejos, categorías de protección, vínculo con los gobiernos locales, descentralización, herramientas de gestión y financiamiento, mecanismos de control, patrimonio indígena, entre otras que fue aprobado ampliamente y transversalmente por la Cámara de Diputados en Marzo de 2022.
Esta nueva legislación, introduce la modificación de la composición del Consejo de Monumentos Nacionales con la que, en nuestra opinión, se evita la politización del mismo y se fortalece y privilegia la calidad de los expertos y de los profesionales que lo componen. La nueva Ley, modifica la composición del órgano nacional, logrando un mejor equilibrio entre consejeros del Estado y consejeros de la sociedad civil.
Uno de los principales aspectos que respaldamos de la nueva ley es la clara disposición a dar a las regiones del país su derecho a determinar, ellos mismos, la calidad de los bienes patrimoniales que les son propios y que son parte de su historia y memoria patrimonial. Es por ello, que la creación de los Consejos Regionales será vital en el reconocimiento de la dimensión patrimonial de cada Región. Esto muy es positivo porque estos órganos tienen composición mayoritaria de la sociedad civil y órganos locales como los municipios y las universidades regionales. En este aspecto, es importante destacar, siendo un punto muy relevante, que estos consejos contarán con participación de representantes de los pueblos originarios.
Así mismo, el reforzamiento de las Secretarias Técnicas Regionales Ministeriales de la Cultura, será un gran apoyo a esta nueva regionalización cultural que hoy no existe, permitiendo a estas Secretarías, la toma de decisiones propias en cada región.
La nueva ley viene a precisar las nuevas categorías de protección patrimonial mediante definiciones claras respecto de éstas como incluir los conceptos de lugares de memoria, de paisaje patrimonial e itinerarios de memoria, así como también, la diferenciación entre la dimensión de patrimonio material e inmaterial como parte de nuestro acervo cultural más íntimo y único que nos identifica sin más ante nuestra historia. Lo anterior, recogiendo los conceptos internacionales reconocidos en todo el mundo como la manera moderna de mirar el patrimonio de un pueblo, una comunidad o un país.
Un factor no menor y de un gran simbolismo, es el reconocimiento de los sitios de memoria, asunto muy necesario de acuerdo a la legislación vigente en el tema de Derechos Humanos y respeto por la memoria histórica reciente y la construcción de patrimonio de futuro, tomando en cuenta la diversificación considerada en los principios establecidos por la UNESCO.
Apoyamos en este aspecto firmemente, la creación y mantención de un catastro o inventario de bienes patrimoniales para de esta manera, proteger internacionalmente nuestro patrimonio del tráfico y venta ilegal.
Estamos de acuerdo con sumar a las declaratorias de inmuebles patrimoniales, la declaratoria del contenido, esto es el concepto de bienes muebles patrimoniales.
Creemos sin duda, que la creación de un sistema de compensaciones e incentivos para la gestión efectiva del patrimonio cultural, son vitales para la real puesta en valor y preservación de nuestro patrimonio.
Además, crea los planes de gestión, para que el foco esté puesto en la protección efectiva del patrimonio y no sólo en las declaratorias legales.
Para ello se crean los instrumentos necesarios para la Gestión Patrimonial con Planes de Gestión y medidas de salvaguarda. Al mismo tiempo, se regula y se crean los controles y mecanismos para evitar el contrabando, el manejo ilícito y tráfico de bienes patrimoniales, lo que hoy no existe con las herramientas, la fuerza y el vigor que se requiere.
Así también, se crean mecanismos que compensen al propietario de un bien patrimonial con exenciones tributarias, incluidos los que exploten el bien patrimonial con alguna actividad económica como sucede en gran parte del mundo.
Otro factor importante de destacar, es la generación de subsidios para gestión patrimonial a través del Minvu.
Destacamos el cambio propuesto a la ley de propiedad industrial, con el objetivo de una protección real de las manifestaciones de patrimonio inmaterial. Esto es innovador y protege económicamente los conocimientos colectivos de los Cultores reconocidos por el Estado.
Por ultimo, señalar que esta nueva Ley de Patrimonio Cultural, incorpora una propuesta innovadora que reconoce el patrimonio cultural de los pueblos originarios, al comprometer la elaboración de una ley especial de patrimonio cultural indígena, que se hará con consulta previa según lo dispone el Convenio 169 OIT. Al mismo tiempo, explicita para la ley general que cualquier medida que potencialmente pudiera afectar directamente a los pueblos originarios deberá someterse al proceso de consulta indígena normado por Chile.
Por todo lo antes expuesto, es que solicitamos respetuosamente al Honorable Senado, tener en cuenta los argumentos planteados frente a esta ley y que consideramos relevantes y necesarios por lo que entregamos nuestro apoyo para su debate, perfeccionamiento y promulgación en esta instancia de segundo trámite constitucional.
Con 25 años de historia, nos hemos ganado un espacio importante para la representación de los arquitectos en el debate público y frente a la autoridad. Buscamos tener una voz nítida y respaldada técnicamente, queremos llegar con nuestro mensaje a la opinión pública, y ser capaces de construir una red amplia de vínculos con la sociedad.